El Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional dictó 4 meses de impedimento de salida del país al expresidente Pedro Pablo Kuczynski. Ello en el marco del presunto delito de lavado de activos por el caso Westfield Capital (Odebrecht).
El juez Jorge Chávez Tamariz accedió al requerimiento de la Fiscalía; sin embargo, solo impuso la medida por 4 meses. El Ministerio Público había solicitado que se ordenen 36 meses.
El magistrado desestimo en parte el pedido fiscal debido a que en 2018 ya se había dictado impedimento de salida al exmandatario.
“Entonces su reiteración debe tener justificación reforzada que debe provenir del Ministerio Público, no siendo posible acoger 36 meses a los ya otorgados con anterioridad por este órgano jurisdiccional para someter al procesado a las investigaciones por peligro procesal”, se lee en la resolución.
Chávez Tamariz toma en cuenta para su fallo el hecho de que “ya existen otras medidas de coerción vigente que neutralicen el peligrosismo, como es la comparecencia con restricciones ante el vencimiento de la detención domiciliaria”.
En efecto, el 9 de abril, el Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional varió la situación de PPK de arresto domiciliario a comparecencia con restricciones. De esta manera, el exjefe de Estado deberá cumplir las siguientes indicaciones:
- Prohibición de comunicación con sus coimputados Gloria Jesús Kisic Wagner, José Luis Bernaola Ñufflo y Gerardo Rafael Sepúlveda Quezada
- Control biométrico cada 30 días
- Prohibición de ausentarse de Lima Metropolitana; salvo que se cuente con autorización judicial
- La prohibición de efectuar declaraciones a los medios de prensa, radial, escrita o televisiva sobre el caso Westfield Capital
- Obligación de presentarse ante la autoridad judicial y fiscal cuando lo demande.
En dicha resolución, el magistrado Jorge Chávez Támariz también dispuso “no imponer la prohibición de realizar actividad política directa e indirectamente por falta de motivación”.
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