SUNAT simplifica sus trámites tributarios

SUNAT ya no multará a quienes se olviden de declarar sin tener ingresos, ventas o adquisiciones en un mes determinado.

Con el objetivo de simplificar, facilitar, así como reducir los costos y tiempos para el cumplimiento tributario, la SUNAT aprobó una Resolución mediante la cual los contribuyentes que en un mes determinado no realicen operaciones no tendrán que presentar su declaración mensual de IGV-Renta. Dicha medida beneficiará principalmente a las pequeñas empresas y personas naturales con negocio.

La aprobación de esta resolución obedece al considerable número de contribuyentes que presentaban su declaración mensual de IGV-Renta consignando “0”, así como otros que no cumplían con esta obligación.

La norma precisa que esta excepción no se aplicará si en ese mes el contribuyente: generó ingresos gravados con el Impuesto a la Renta, adquirió bienes o servicios que le generen derecho a crédito fiscal, o anotó en su Registro de Compras algún comprobante de pago o documento que le otorguen derecho a crédito fiscal.

Otra norma de facilitación aprobada por la SUNAT, que beneficia a las microempresas con ventas anuales de hasta 150 UIT (S/ 592 500 soles) es la que le permitirá fraccionar su deuda de IGV del periodo corriente, si presenta con su Clave SOL la solicitud de fraccionamiento inmediatamente después de presentar su declaración mensual dentro de los plazos de vencimiento.

Esta facilidad estará vigente a partir del 15 de noviembre y en los casos que la solicitud de fraccionamiento sea por un monto menor a 3 UIT. Cabe precisar que por plazos menores a 12 meses, la aprobación será automática.

OTROS BENEFICIOS: Así, una persona natural podrá obtener su RUC con sólo presentar su DNI, siempre que el domicilio fiscal sea el mismo que el de su Documento de Identidad. Asimismo, los trámites de RUC se efectuarán sin presentar la copia de DNI, eliminando de esta manera, más de 3 millones de fotocopias innecesarias al año.

Para los trámites presenciales sobre domicilio fiscal se permite ahora sustentarlo con cualquier documento público o privado. Así se facilita la acreditación del domicilio amplía.

Otra facilidad aprobada es que ahora los contribuyentes podrán hacer sus trámites RUC en cualquier Centro de Servicios al Contribuyente (CSC) a nivel nacional, eliminando los gastos de traslado entre localidades. Esto se une a un servicio implementado denominado “cero colas” en los CSC a través de una asistencia personalizada al identificar la necesidad del contribuyente, la entrega inmediata del ticket de atención sin colas de espera.

En materia de trámites se ha incorporado el canal telefónico para realizar determinados trámites de actualización del RUC, para que el contribuyente no tenga necesidad de desplazarse a un CSC.