Personal del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental (FEMA) de Piura y la Policía Nacional del Perú (PNP), realizaron un operativo con el cual impidieron el tráfico ilegal de 1050 unidades de leña de algarrobo, valorizada en 7 mil soles, y detener a seis personas implicadas, en los sectores Vega del Caballo y Loma Blanca, ubicados en el bosque seco de la comunidad campesina San Juan Bautista de Catacaos, Piura.
Las seis personas intervenidas usaron dos motosierras y cuatro hachas para talar los algarrobos y transportarlos en dos camionetas. Los detenidos fueron conducidos al Departamento de Medio Ambiente Piura de la PNP para las investigaciones correspondientes por el delito contra los bosques y formaciones boscosas.
Las 1050 unidades de leña de la especie forestal Prosopis pallida, conocida como algarrobo, estaban apiladas cerca de la parte de los troncos (tocones) de 23 árboles talados ilegalmente. De allí, serían transportadas para su comercialización ilegal.
Debido a las dificultades y accesibilidad del lugar por ser desierto y presentar dunas, que limitan la intervención de las autoridades, la FEMA de Piura dispuso la destrucción del producto forestal talado.
El valor del producto forestal encontrado supera los siete mil soles y de acuerdo a las primeras indagaciones tenía como destino el distrito de Mórrope en el departamento de Lambayeque, de donde sería distribuido a las diversas ciudades del norte del país hasta Lima.
Por su parte, los especialistas del SERFOR en Piura iniciaron el respectivo procedimiento administrativos sancionador a los seis intervenidos, de acuerdo a la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, que establece las acciones de “talar, transportar, acopiar, adquirir, transformar o aprovechar recursos forestales, sin autorización”, como infracciones muy graves; por lo que la sanción que podría asumir es una multa que oscila entre 0.1 y 5000 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), determinadas según los criterios de gradualidad.
Es importante mencionar que la especie Prosopis pallida está categorizada como “Vulnerable”, según el Decreto Supremo 043-2006-AG que aprueba la categorización de especies amenazadas de flora silvestre; por ello es un agravante para la determinación de la infracción.
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