MIMP capacita a funcionarios y operadores de Piura sobre normas para implementar la igualdad de género

La Gerencia de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Piura, en coordinación con el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) realizó la capacitación «Normativa nacional y regional establecida para implementar la igualdad de género», con el fin de dar a conocer las acciones del Estado para contribuir a la disminución de las brechas de género en el Perú.

El especialista del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Econ. Máximo Gallego Goyzueta, señaló que el objetivo de la normativa es «establecer disposiciones generales a las diversas entidades de la administración pública». Según señaló, esto  aportará a una adecuada incorporación del enfoque de género en el diseño, implementación, seguimiento y evaluación de las políticas públicas.

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Respecto al alcance, Máximo Gallego indicó que los lineamientos para la Transversalización del Enfoque de Género en la Gestión Pública son de aplicación obligatoria para todas las entidades de la administración pública en los tres niveles de gobierno, conforme a lo establecido por el artículo I del Título preliminar del Texto único Ordenado de la Ley Nº 27444 «Ley de Procedimiento Administrativo General».

Brechas de género en Piura

Las brechas de género son diferencias objetivas y verificables, basadas en patrones social y culturalmente arraigados que no tienen justificación y vulneran los derechos  fundamentales de las mujeres. En Piura, la brecha de género más destacable es la referente a la economía, Sólo el 57.8% de las mujeres tiene actividad económica, mientras que en el caso de los hombres, es el 83.6%.

En cuanto a ingresos mensuales, las mujeres sólo perciben, en promedio, S/872. Los hombres, en cambio, perciben aproximadamente S/1377, según cifras reportadas por el INEI hasta el 2018.

Aplicación y adecuación de los lineamientos

Para incluir estos lineamientos que ayudarán a reducir las brechas de género, las entidades de la administración pública los aplicarán de manera gradual y progresiva, permitiendo desarrollar medidas tendientes a las eliminación de las desigualdades. Asimismo, las entidades de la administración que hayan aprobado lineamientos, continuarán su aplicación hasta adecuar sus contenidos a lo dispuesto en los Lineamientos recientemente aprobados con Decreto Supremo.

Cabe destacar que la adecuación no debe exceder el plazo de ciento ochenta (180) días hábiles, a partir de la publicación del Decreto Supremo Nº 015-2021-MIMP.