Un docente que está siendo investigado tanto a nivel administrativo o penal por tocamientos indebidos u hostigamiento sexual en contra de escolares no debería ejercer la docencia mientras se determina su responsabilidad en los hechos.
Así opinó el abogado especialista de la Universidad César Vallejo (UCV), Leonel Villalta Urbina, quien sostuvo que lo más conveniente sería que el Ministerio de Educación le encargue solo tareas administrativas al imputado.
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“Pensando en el interés del niño, el Ministerio de Educación debe evitar riesgos para los estudiantes. Los miembros de las comisiones administrativas deben considerar la norma supranacional en la cual prevalecen los derechos de los niños, para que los docentes acusados no regresen a las aulas”, expresó.
Sin embargo, reconoció que la Dirección Regional de Educación de Piura (Drep) no puede destituir a un docente mientras se le investiga, pues no hay una sentencia que determine su culpabilidad. Esto tampoco es un impedimento para que el Ministerio Público investigue el caso, pues está en la obligación de hacerlo únicamente con saber que se cometió un presunto delito, es decir sin la necesidad de que vaya el denunciante.
Villalta Urbina, indicó que los docentes que purgan condena por violencia sexual, física o psicológica en contra de escolares menores, la ley estipula que tienen beneficios penitenciarios.
“Desde el punto de vista penal material, cometer un delito en contra de los niños, no tienen beneficios. La ley penal se ha puesto más drástica, ha eliminado los beneficios, y ha aumentado las penas”, añadió.