Congreso de la República puede investigar al JNE, según el TC

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El Tribunal Constitucional sostiene a través de la sentencia que declara fundada la demanda competencial interpuesta por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) contra el Congreso de la República, que el Parlamento puede someter a control político los actos de los miembros del JNE.

Asimismo, en esta sentencia se concluye anular la aprobación de la Comisión del Congreso de la República creada para investigar un presunto fraude durante las elecciones de 2021. Esto debido a que no se obtuvo el voto aprobatorio del 35% de los miembros del congreso. 

En la resolución, el TC señaló que no comparte la idea del demandante, en relación a la imposibilidad de investigar al JNE por las acciones ejecutadas en un proceso electoral. “Una cosa es que no se puedan ni se deban invadir las competencias o los fueros de cada poder público y otra, completamente distinta, pretender que ciertos órganos constitucionales son zonas donde el control político no funciona o queda simplemente prohibido”, se lee en la resolución

“De lo que se trata entonces, no es negar una competencia, sino de garantizar que la misma sea ejercida en forma debida o acorde con los postulados y principios constitucionales, y con el pleno respeto a los derechos fundamentales”, se indica en el texto del TC.

Por tal motivo, el TC asegura que, “el Congreso de la República está habilitado constitucionalmente, dentro de sus competencias, para el ejercicio del control político, que comprende, a su vez, el inicio de investigaciones sobre cualquier asunto de interés público.”

Cabe precisar que, el Tribunal Constitucional ya había habilitado al Congreso de la República, a través de la sentencia de la demanda competencial del Parlamento contra el Poder Judicial, procesar al presidente del JNE, Jorge Luis Salas Arena, por su condición de juez de la Corte Suprema, pese a que no ejerce dicha función.

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