¿Cómo identificar y qué hacer en casos de hostigamiento sexual en el trabajo?

A propósito de la inhabilitación por 10 años que recibió el ex congresista Freddy Díaz, de Alianza para el Progreso, por el presunto caso de abuso sexual a una trabajadora en el Congreso, te enseñamos cómo identificar y qué hacer en casos de vivir una situación de acoso u hostigamiento sexual en tu trabajo.

«Cualquier organización o institución pública o privada que tenga 20 empleados como mínimo debe tener un comité evaluador que atienda los casos de hostigamiento sexual laboral«, señaló Carmen Ramos, psicóloga y psicoterapeuta de Niños, Niñas y Adolescentes y responsable de atención de casos de violencia contra la mujer del Centro Emergencia Mujer (CEM) Piura. La especialista recordó que las empresas e instituciones con estas características tienen la obligación de formar dicho comité de acuerdo con la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir)

Asimismo, recomendó a las personas que sufren acoso u hostigamiento sexual en sus trabajos seguir los siguientes pasos.

  1. Identificar la situación. Ramos sostiene que cualquier acción que incomode a una o un trabajador ya puede ser considerada una situación de hostigamiento. «Por ejemplo si el empleador se acerca mucho a su empleada, comentarios como intención sexual, si hay roces, cualquiera de estas situaciones que incomode a la persona», dijo.
  2. Informarlo ante el comité. Después de identificar la situación, la víctima debe elevar un informe ante el comité, que suele estar conformado por el jefe o jefa de Recursos Humanos. La psicóloga explica que este organismo debe investigar el caso y «rotar de su puesto a la persona agresora». En caso la empleada no presente pruebas, deberá pasar una pericia psicológica y médico legista.
  3. Denunciar ante los operadores de justicia. Además de la investigación y sanción administrativa que pueda tener el presunto agresor de ser hallado culpable, la persona afectada deberá denunciarlo ante los operadores de justicia (Policía o Ministerio Público), esto aplica incluso para las instituciones que no cuentan con un comité por tener menos de 20 empleados. De acuerdo con Ramos, de ser hallado culpable, la pena privativa de la libertad es no menor de 4 años ni mayor de 8 años.