TC desestimó demanda de inconstitucionalidad sobre la cuestión de confianza

(Foto: Andina)

El Tribunal Constitucional, con cuatro votos a favor y dos en contra, desestimó la demanda de inconstitucionalidad que había presentado el Ejecutivo sobre la ley que limita la cuestión de confianza, aprobada por insistencia por el Pleno del Congreso, según fuentes de La República. El Gobierno de Pedro Castillo necesitaba 5 votos para declarar inconstitucional dicha norma.

Los magistrados Espinosa-Saldaña y Marianella Ledesma le dieron la razón a la demanda presentada por el Poder Ejecutivo, mientras que Augusto Ferrero, Manuel Miranda, Ernesto Blume y José Luis Sardón votaron a favor de que sea rechazada. Con este resultado, la ley que limita la cuestión de confianza seguirá en vigencia.

¿Y qué dice esta norma? Señala que la cuestión de confianza puede ser usada por el Gobierno solo en materias de su competencia, “no encontrándose, entre ellas, las relativas a la aprobación o no de reformas constitucionales ni las que afecten los procedimientos y las competencias exclusivas y excluyentes del Congreso”.

Por ejemplo, el gabinete de Pedro Castillo no podrá usar cuestión de confianza sobre el proceso de elección de los nuevos magistrados del Tribunal Constitucional, tal como sí lo hizo el expresidente de la República, Martín Vizcarra, en 2019.

Fue en octubre del año pasado que el procurador público Luis Huerta Guerrero presentó esta demanda ante el TC para lograr la nulidad de la Ley 31355; pero el máximo intérprete de la Constitución ha decidido no darle la razón al Ejecutivo.

El TC anteriormente ya ha emitido sentencias en respecto a cuestiones similares sobre la regulación de la cuestión de confianza, fallando a favor del Ejecutivo pues aseguraron que no se puede limitar las libertades con una ley de interpretación. Por ello, Huerta Guerrero hizo hincapié en que las resoluciones anteriores “deben ser empleadas como parámetro de control” para resolver la controversia actual.

Fuente: La República

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