Perú: 125 casos de hostigamiento sexual se reportaron en universidades

Sunedu recuerda que este delito es causal de destitución.

Foto referencial.

Grave situación. En el marco de una supervisión, iniciada en julio de 2018 y aún en proceso, la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) lleva registrados ya 125 casos de denuncias de hostigamiento sexual en las universidades peruanas.

Estas denuncias son evaluadas actualmente por el ente en base a criterios como la forma en que fueron recibidas por parte de las universidades, las medidas cautelares tomadas, los plazos que los procesos tardaron y las medidas sancionadoras aplicadas.

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“Como en cualquier acto de incumplimiento de la Ley Universitaria y según el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Sunedu, tras verificar una inacción la universidad está sujeta a un proceso administrativo fiscalizador”, explicó Areli Valencia, jefa de Supervisión de la Sunedu.

La funcionaria recordó además que el artículo 95 de la Ley Universitaria establece que, si se identifica un acto de hostigamiento sexual por parte de un docente, es causal de destitución por falta grave en el ejercicio de la docencia.

Avances

En julio de 2018, el Ministerio de Educación (Minedu) aprobó los lineamientos para la elaboración de documentos normativos internos en las universidades, privadas y públicas, para la prevención e intervención en casos de hostigamiento sexual.

Esto se dio en el marco de lo que dispone la Ley Universitaria, la Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual, la Ley Orgánica del Ministerio de Educación, el Plan Nacional Contra la Violencia de Género y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación.

Según información entregada por las propias universidades a la Sunedu (en actualización permanente), de 139 universidades a la que se les pidió esos datos, 39 de ellas no cuenta todavía con ningún reglamento o norma para la prevención e intervención ante denuncias por hostigamiento sexual.

La mayoría de las universidades, sin embargo, sí tiene algún protocolo para la atención de estos casos: el 43% como un documento específico y el 30.9% dentro de un documento más general, como el estatuto de cada universidad.

“No hay universidad que pueda decir que no debe regular esto. No hay justificación para no atender estos casos”, advirtió Valencia. Agregó que lo ideal es que las universidades tengan lineamientos específicos para tratar estos casos, porque son situaciones bastante especiales que requieren una atención con conocimiento en temas de género y sensibilización sobre violencia sexual o violencia de género. «No son casos aislados: es un problema sistémico en nuestro ámbito universitario”, puntualizó.

Protección de derechos

Para la jefa de Supervisión de la Sunedu, hoy es más claro que las causas de los casos de hostigamiento sexual “son los desbalances de poder, las estructuras patriarcales, problemas sistémicos que requieren respuestas sistémicas». Además, son las mujeres un grupo especialmente vulnerable.

Según el Observatorio de Criminalidad del Ministerio Público, tres de cada 10 víctimas de crímenes como el feminicidio tenían entre 18 y 24 años (según estadísticas desde el 2009 hasta el 2018), y el 93,1 % de las víctimas de violación sexual son mujeres.

Según un estudio de Datum sobre las mujeres peruanas, Perú es el segundo país de América en casos de acoso sexual a mujeres y; según el resumen ejecutivo de incidencia del MIMP sobre el hostigamiento sexual en el ámbito universitario de 2017, tres de cada diez encuestados universitarios, entre mujeres y varones, ha sido víctima de hostigamiento sexual en algún momento de su vida, y un estudiante de cada diez lo ha sido en el último año.

El mismo documento del MIMP revela de solo el 8% de los casos de hostigamiento sexual son denunciados o quejados formalmente.