JNE: Proclamación de resultados será luego de resolver pedidos de nulidad

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) informó el último martes 15 de junio que, una vez que concluya el proceso de revisión y resolución de solicitudes de nulidad presentadas por los partidos Fuerza Popular y Perú Libre, procederá a proclamar al ganador de la segunda vuelta.

“El JNE proclamará los resultados de las elecciones presidenciales luego de resolver todas las apelaciones sobre actas observadas y pedidos de nulidad elevadas a dicha instancia, en el marco del proceso del último domingo 6 de junio”, expresó el organismo por medio un comunicado.

El ente electoral, que preside el magistrado Jorge Salas Arenas, detalló que viene realizando audiencias públicas para deliberar sobre los pedidos de nulidad de votos con el objetivo de garantizar la “máxima transparencia” a la población.

“Desde el último lunes 14, se realizan audiencias públicas, en las que escucha alegatos de las partes y luego transmite en vivo sus sesiones en las que delibera y vota sobre los recursos elevados a esa instancia suprema, a fin de brindar la máxima transparencia sobre sus decisiones ante la ciudadanía”, agregó el JNE.

Además, se explicó que los fallos sobre los recursos de apelaciones se remiten a los Jurados Electorales Especiales (JEE) para ser finalmente enviados a las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE), donde serán registrados en el cómputo de resultados.

Luego, explicó el Jurado Nacional de Elecciones, cuando los JEE “no tienen ningún recurso pendiente de resolver, proceden con la reclamación descentralizada de resultados en el ámbito de su competencia”.

Pleno del JNE suscribirá acta de proclamación de resultados

Asimismo, el organismo electoral precisó que cuando el Pleno firme la proclamación de los resultados, procederá a entregar la credencial a quien haya sido elegido como presidente de la República.

“Corresponderá al Pleno del JNE suscribir el acta de proclamación general de resultados de esta elección y entregar las credenciales al ciudadano o ciudadana que asumirá la primera magistratura del Estado para el periodo 2021-2026, tal como lo establece el artículo 178, inciso 5, de la Constitución y la Ley Orgánica de Elecciones”, apuntó.

Finalmente, el JNE indicó que cumple con la normativa electoral vigente y que, por ello, trabaja para que “los resultados de los comicios sean el fiel reflejo de la voluntad ciudadana expresada en las urnas”.

Fuente: La República

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