Instituciones públicas están prohibidas de contratar publicidad en medios de comunicación

próximas elecciones serán el 7 de octubre

Jurado Nacional de Elecciones. (Foto: Andina)

Las municipalidades y las instituciones públicas tienen prohibido contratar publicidad en medios de comunicación por la proximidad de las elecciones.

El último miércoles 10 de enero fue convocado el proceso para realizar los comicios a realizarse el próximo 7 de octubre, con lo cual entró en vigencia la Ley Orgánica de Elecciones.

El artículo 192 de esta norma establece que, desde esa convocatoria, las entidades del Estado están prohibidas de “efectuar propaganda política en favor o difusión de información en contra de cualquier partido, agrupación independiente o alianza”, a través de medios públicos o privados.

Según la ley, quedan exentas las comunicaciones “de impostergable necesidad o utilidad pública”, que deberán ser avisadas al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) o al Jurado Electoral Especial (JEE).

En caso de incumplir el citado artículo, el JNE “dispondrá la suspensión inmediata de la propaganda política y publicidad estatal”, así como la sanción correspondiente, que podría ser una multa de entre 30 y 10 UIT, es decir, hasta 40 mil 500 soles.

El secretario técnico de la Comisión Regional Anticorrupción de Piura, Jaime Távara Alvarado, afirmó que su despacho estará atento al cumplimiento de la ley, “para denunciar apenas se cometa algún hecho que vulnere lo que señala la norma”.

Távara agregó que “la ciudadanía debe apoyarnos en esto, denunciando algún tipo de aprovechamiento de recursos públicos en favor de determinada campaña”.