El Gobierno peruano declaró el estado de emergencia por 30 días calendario en la Red Vial Nacional para mantener el control del orden interno. Esto será resguardado por la Policía Nacional del Perú (PNP) con el apoyo de las Fuerzas Armadas.
En el reciente Decreto Supremo 035-2022-PCM, publicado en el diario El Peruano, se especifica que esta decisión es sustentada en el Informe n.° 55-2022-COMASGEN-CO PNP/OFIPOI (reservado), a través del cual se informa sobre la problemática originada a consecuencia del Paro Nacional de Transportistas.
Asimismo, en el documento se precisó que en caso se dé la perturbación de la paz o del orden, se pueden suspender o restringir los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio.
Por otro lado se recuerdan las reglas del empleo y uso de la fuerza por parte de los militares. Esta medida fue firmada por el presidente Pedro Castillo; el Presidente del Consejo de Ministros, Aníbal Torres; el ministro del Interior, Alfonso Chávarry; el Ministro de Defensa, José Luis Gavidia, y el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Félix Chero.
Por último, el Decreto establece que se llevó a cabo la decisión por el paro actual de transportistas que se ha dado en varias vías del país. Este 7 de abril, el mandatario acudió a Huancayo para realizar una sesión del Consejo de Ministros, donde pidió disculpas por sus declaraciones en las que señalaba que las marchas habían sido lideradas por dirigentes pagados.
Cabe resaltar, que pese al estado de emergencia en la Red Vial Nacional, sí hay pase, pero en cualquier momento te pueden detener para realizarte un control, de acuerdo al abogado constitucionalista Luciano López. Sin embargo, esta medida es considerada inconstitucional al no ser razonable suspender libertades de tránsito en casi todas las carreteras del país.
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