
Gobierno evalúa aplicar esta medida ante una eventual paralización de las empresas, pese a los cuestionamientos que generó durante la pandemia. Ministro de Trabajo también anunció una normativa para compensar a los empleados, pero no precisó cómo funcionaría.
La posibilidad de recurrir a la suspensión perfecta de labores ante los efectos del fenómeno El Niño vuelve a poner en debate la protección de los derechos de los trabajadores en el Perú. El Gobierno evalúa aplicar esta medida para aliviar la situación de las empresas que no puedan continuar sus actividades por una emergencia climática, pero todavía no se explica cómo evitará que la paralización productiva deje a los empleados sin ingresos.
El ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, Juan Sheput, señaló que el Ejecutivo estudia reducir algunas cargas a las empresas y brindarles apoyo legal o financiero. Entre las alternativas mencionó la suspensión perfecta de labores, aunque aclaró que las medidas todavía se encuentran en evaluación.
“Estamos viendo la forma de aligerar en algún tipo de carga a las empresas, estamos pensando inclusive en la suspensión perfecta, si es que la situación se va a dar”, declaró.
La propuesta genera interrogantes sobre quién asumirá las consecuencias económicas de una emergencia que podría afectar tanto a los empleadores como a sus trabajadores. Si una empresa interrumpe sus actividades y aplica esta figura, el vínculo laboral se mantiene, pero se suspenden temporalmente las obligaciones de trabajar y pagar la remuneración. En consecuencia, el empleado puede quedarse sin su ingreso habitual mientras dure la medida.
Un antecedente que obliga a revisar la propuesta
La experiencia de la pandemia de la COVID-19 constituye una referencia para evaluar los riesgos de recurrir nuevamente a este mecanismo. Durante la emergencia sanitaria, miles de empresas solicitaron aplicar la suspensión perfecta de labores ante las restricciones que paralizaron diversas actividades económicas.
De acuerdo con cifras del Ministerio de Trabajo citadas por el Congreso, en octubre de 2020 se registraban 37 942 solicitudes que comprendían a 295 753 puestos de trabajo. El alcance de la medida evidenció la magnitud del problema laboral que podía generar una paralización económica.
La experiencia también dejó en evidencia la necesidad de fiscalizar su aplicación. La normativa aprobada durante la pandemia establecía que la suspensión debía ser excepcional y que los empleadores tenían que evaluar previamente otras alternativas para mantener el vínculo laboral y los ingresos. Cuando se determinaba que la medida se había aplicado injustificadamente, la autoridad podía dejarla sin efecto y ordenar el pago de las remuneraciones pendientes.
¿Qué pasará con los ingresos de los trabajadores?
Ante la posibilidad de una nueva paralización, Sheput indicó que el Gobierno prepara una normativa para establecer alguna forma de compensación a los trabajadores cuyo proceso productivo se vea interrumpido por un evento climático.
“Se está haciendo la normativa para que, ante la eventualidad de un suceso que termine con ese proceso productivo, pueda ser compensado de alguna forma”, afirmó.
No obstante, el ministro no detalló el monto de la eventual compensación, los requisitos para acceder a ella, la fuente de financiamiento ni la fecha en que se aprobaría la normativa. Tampoco precisó si el mecanismo contemplaría a todos los trabajadores afectados o si estaría sujeto a determinadas condiciones laborales y económicas.
La falta de precisiones deja abierta una pregunta fundamental: ¿cómo se garantizará que los trabajadores puedan sostener sus gastos básicos si pierden temporalmente sus remuneraciones a causa de una emergencia que no está bajo su control?
El artículo 24 de la Constitución Política del Perú establece que los trabajadores tienen derecho a una remuneración equitativa y suficiente para procurar el bienestar material y espiritual de ellos y sus familias, además de reconocer la prioridad del pago de las remuneraciones y los beneficios sociales. Por ello, cualquier medida excepcional debe evaluarse considerando sus efectos sobre los ingresos y la protección laboral.
Apoyo empresarial sin medidas concretas
El Ejecutivo también contempla aliviar algunas obligaciones de las empresas y brindarles asistencia legal o financiera para afrontar las consecuencias de El Niño. Sin embargo, hasta el momento, no ha anunciado montos, instrumentos específicos ni criterios para determinar qué negocios podrían recibir ese respaldo.
El desafío para el Gobierno será evitar que la respuesta ante una emergencia climática se concentre en preservar la actividad empresarial sin establecer garantías suficientes para quienes dependen de un salario.









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