PRODUCE autorizó la pesca de 96 mil toneladas de jurel y 44 mil de caballa.

La pesca de ambos recursos por parte de cualquier tipo de embarcación culminará una vez cumplidas las cuotas o, caso contrario, el 31 de diciembre del presente año.

Una vez alcanzado el límite de captura para cada recurso, el Ministerio de la Producción, mediante resolución del Produce, se dará por concluidas las actividades extractivas, y en caso contrario, las actividades de pesca de ambos recursos terminarán al finalizar el año.

Por su parte, el Instituto del Mar del Perú (Imarpe) efectuará el monitoreo y seguimiento de lo dispuesto por el Produce y deberá informar a la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero los resultados de dicha labor.

Los armadores o empresas pesqueras que se dediquen a la actividad extractiva de jurel y caballa deben brindar las facilidades que se requieran durante las operaciones de pesca para el embarque del personal científico de investigación del Imarpe o de inspectores a bordo del Produce, cuando así lo requieran, caso contrario serán sancionados conforme a la Ley General de Pesca.

Fuente/ foto: Gestión