PJ rechazó dictar prisión preventiva contra el dirigente aimara Luis Cruz Layme

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La jueza Maria del Carmen Lauya Méndez, del Noveno Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Lima, rechazó dictar nueve meses de prisión preventiva contra el dirigente aimara Luis Hugo Cruz Layme, quien fue detenido el último 29 de julio durante manifestaciones contra el Gobierno de la presidenta Dina Boluarte.

El Segundo Despacho de la Séptima Fiscalía Corporativa Penal del Cercado de Lima le atribuye a Cruz Layme la presunta comisión de los delitos de disturbios, y violencia y resistencia a la autoridad por supuestamente golpear a un policía durante las manifestaciones registradas el sábado 29 de julio.

La magistrada Lauya Méndez criticó duramente el requerimiento fiscal. Concluyó que no hay graves y fundados elementos de convicción para el delito de disturbios, toda vez que únicamente se ha demostrado la reunión multitudinaria más no la afectación al efectivo policial. Es más, la jueza advirtió que el Ministerio Público no ha identificado al supuesto agente agredido.

En tanto, la jueza determinó que sí se cumple este requisito para el delito de violencia y resistencia a la autoridad debido a que el dirigente aimara reconoció que tomó la asta de una bandera que se hallaba en el piso para defender a mujeres aimaras de la represión de la PNP.

En relación a la prognosis de la pena, la Fiscalía aseguraba que sí se superaban los 4 años que requiere el Código Procesal Penal. Sin embargo, la titular del Noveno Juzgado de Investigación Preparatoria de Lima no tomó en cuenta jurisprudencia de la Corte Suprema respecto a este presupuesto.

Finalmente, en relación al arraigo domiciliario, la Fiscalía puso en duda el domicilio del investigado debido a que en su recibo de luz se consigna como dirección “Centro Poblado”. No obstante, la magistrada dijo que no se puede descartar este arraigo ya que es común que en estas comunidades no se coloque a detalle el lugar de residencia.

“El Ministerio Público ha procedido a dar lectura íntegra de las razones que señala como fundamentación del plazo para la prisión preventiva, no habiendo desarrollado en su más mínimo nivel por qué esta medida vendría a ser idónea, necesaria y proporcional en sentido estricto”, dijo la jueza Maria del Carmen Lauya.

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