ONPE realizará el sorteo de miembros de mesa para las elecciones de octubre

Este jueves será el sorteo; tras ello, cada ODPE publicará la lista provisional de miembros de mesa.

Foto referencial.

Este jueves 26 de julio, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) realizará el sorteo de miembros de mesa que integrarán las 80.940 mesas de sufragio que se instalarán en todo el país, donde emitirán su voto 23’375.001 electores.

El sorteo se desarrollará simultáneamente en las 94 Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE), distribuidas en todo el país, entre los 25 ciudadanos seleccionados días atrás por cada una de las mesas de sufragio que se instalarán a nivel nacional.

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En aquella selección, según el artículo 55 de la Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859),  se  prefirió a los ciudadanos con mayor grado de instrucción y a quienes no han ejercido el mencionado cargo. Asimismo, excluyó a los candidatos y personeros de los partidos políticos y alianzas electorales, funcionarios y empleados de los organismos que conforman el Sistema Electoral. También a las autoridades políticas y los miembros de los concejos municipales, los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, entre otros.

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Para cada mesa de sufragio se designará por sorteo al Presidente, Secretario y Tercer Miembro, así como a tres miembros suplentes.  El acto se desarrollará con la presencia de representantes del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), la Defensoría del Pueblo, personeros de las organizaciones políticas, un Notario Público o Juez de Paz, entre otros.

Tras el sorteo, cada ODPE publicará la lista provisional de los Miembros de Mesa sorteados para la presentación de tachas para luego divulgar la lista definitiva de miembros de mesa y habilitar en su página web la consulta para que los electores conozcan si fueron sorteados o no.

Los miembros de mesa son ciudadanos que constituyen las autoridades de una mesa de sufragio. El presidente asume la representación de la mesa y la conducción de los actos principales; el secretario y el tercer miembro tienen la obligación de apoyar las tareas de instalación, sufragio y escrutinio.

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El cargo de miembro de mesa es irrenunciable, salvo que el ciudadano tenga un grave impedimento físico o mental, o la  necesidad de ausentarse del país o ser mayor de 70 años.

El ciudadano que resulte sorteado miembro de mesa (titular o suplente) deberá ejercer esta función. De no hacerlo, deberá pagar una multa de S/ 207,50. Si no cumple con la función de miembro de mesa y a la vez no vota, se hará acreedor a dos multas, una por no ejercer el cargo de miembro de mesa y la otra por no votar.