ONPE: El 6 de noviembre se elegirán a las nuevas autoridades municipales

Según la entidad encargada de los comicios, los municipios provinciales tienen hasta el 11 de marzo para comunicar al JNE la convocatoria a elecciones.

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) recordó que el domingo 6 de noviembre se elegirán a las autoridades municipales de centros poblados de todo el país, en cumplimiento de la Ley 28440, Ley de Elecciones de Autoridades Municipales de Centros Poblados, modificado por Ley 31079.

A diferencia de las elecciones municipales, celebradas el mes de octubre todos los años, estas serán organizadas por las municipalidades provinciales en coordinación con las municipalidades distritales. Esto de acuerdo con el cronograma que publicará la institución.

La ONPE señaló que las municipalidades provinciales tienen hasta el 11 de marzo para comunicar al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) de la convocatoria a elecciones. Las mismas deben aprobar una ordenanza provincial de elecciones de autoridades con arreglo a la normativa general que emita sobre la materia el Jurado Nacional de Elecciones, como precisa el artículo 5 de la Ley N. 31079.

También agrega que “La ordenanza provincial» mencionada no puede establecer para las candidaturas requisitos ni exclusiones mayores a los establecidos para la elección de alcaldes y regidores en la Ley de Elecciones Municipales.

CAPACITACIÓN

La ONPE brindará asistencia técnica a las municipalidades provinciales para el proceso electoral. La asesoría se realizará teniendo en consideración un Manual de Elecciones de Centros Poblados, y por intermedio del personal que brinda el servicio de asistencia técnica en las oficinas regionales de coordinación.

Para mayor información ingresar a:

https://www.onpe.gob.pe/nosotros/onpe-regiones/

https://www.gob.pe/institucion/onpe/normas-legales/2809690-rg-286-2022-gsfp

DATO

  • Las municipalidades de centros poblados, cuentan con un alcalde y cinco regidores, quienes se encargan de las funciones y de los servicios públicos que les han sido delegadas por sus municipalidades provinciales. Estos serán elegidos por voto universal y secreto de los vecinos que figuren en el padrón que elabora y actualiza el Reniec.