Ledesma: “Hemos perdido una oportunidad histórica como tribunal”

Presidenta del TC lamentó que los magistrados Ferrero, Miranda, Blume y Sardón hayan votado en contra de declarar procedente la demanda competencial sobre la vacancia presidencial.

Foto: Andina

Marianella Ledesma, titular del Tribunal Constitucional, se pronunció luego de que por mayoría el órgano decidió declarar improcedente la demanda competencial sobre la vacancia presidencial que presentó el Ejecutivo el pasado mes de setiembre.

“Creo que hemos perdido una oportunidad histórica como tribunal de emitir una sentencia que deje huella en la labor de los miembros del Congreso cuando ejerzan la función de un proceso de vacancia bajo la causal de permanente incapacidad moral”, señaló en diálogo con RPP.

La abogada también lamentó que los magistrados Augusto Ferrero, Manuel Miranda, Ernesto Blume y José Luis Sardón hayan determinado que el TC “ya no tenía nada que decir sobre la destitución de Vizcarra”.

“No puede haber un silencio y la omisión de ‘no vamos a decir nada’. Al contrario, este era el momento en que debíamos por lo menos haber zanjado esa situación. Teníamos el deber constitucional de dejar sentada la interpretación en relación a la causal”, dijo Ledesma.

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Cabe resaltar que los integrantes del Tribunal Constitucional que votaron a favor de la procedencia de la demanda fueron Marianella Ledesma, Carlos Ramos y Eloy Espinosa-Saldaña.

La presidenta del TC comentó que el resto de magistrados utilizaron jurídicamente la figura de la sustracción de la materia. En ese sentido, manifestaron que Vizcarra Cornejo ya estaba vacado y “no habría nada que resolver”.

“Es la posición mayoritaria y oficial que ha tomado el tribunal (…) La perspectiva en minoría fue apoyada por Espinoza, Ramos y yo. Nosotros dijimos (en el debate) que sí se ha hecho un uso indebido y esto debería regularse para evitar volver a generar estas situaciones”, subrayó Ledesma.

Por último, remarcó que ella no comparte esta decisión final, ya que la Constitución es un texto abierto e indeterminado en ciertos puntos, por lo que la función del Tribunal Constitucional en este caso era interpretar y definir qué se entiende por “permanente incapacidad moral”.

Fuente: La República

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