Juez ordena libertad de ex fiscal de Tambogrande acusada de soborno

La Primera Sala Penal de Apelaciones de Lambayeque determinó que la ex fiscal de Tambogrande, Danitza Carrasco Delgado, fue detenida de manera arbitraria el 14 de noviembre del año pasado en la oficina de Control Interno del Ministerio Público, pues dicha detención no se llevó a cabo en flagrancia delictiva.

El tribunal de Lambayeque declaró fundado el Habeas Corpus solicitado por la ex fiscal, precisando que se violó su derecho fundamental a la libertad individual deteniéndosele fuera de un supuesto de flagrancia delictiva, es decir hasta 24 horas después de haber cometido el ilícito, sin mandato escrito y motivado de un juez.

La Sala Superior de Lambayeque, actuando como jueces constitucionales, precisa que en la presente investigación hay dos hechos: el primero; el 15 de setiembre cuando Carrasco Delgado supuestamente solicitó un préstamo de 5 mil soles a Luz Garavito Castillo, y el segundo; el 11 de noviembre cuando Garavito Castillo denunció verbalmente en Control Interno de la Fiscalía que le habían solicitado 20 mil soles para favorecerla en un proceso penal.

Sin embargo, a Carrasco Delgado se le detiene el 14 de noviembre, esto es dos meses después del primer hecho y tres días después de la denuncia verbal, es decir; en ambos casos más de 24 horas después de supuestamente haberse consumado el delito de cohecho pasivo específico.

Es necesario resaltar que el Habeas Corpus sólo se pronuncia respecto a la formalidad del procedimiento de la detención, mas no de las cuestiones del fondo del proceso, el mismo que aún sigue en trámite.

EXCARCELACIÓN

En consecuencia, a pedido de la defensa de la investigada el Poder Judicial declaró nulo todo lo actuado a partir del 14 de noviembre, razón por la cual el juez superior de Investigación Preparatoria de Piura, Tulio Villacorta Calderón, ordenó la inmediata libertad de Carrasco Delgado, siempre y cuando no exista mandato de detención sobre su persona. Es decir, este caso vuelve a las diligencias preliminares, antes de la formalización de la investigación y del requerimiento de prisión preventiva.

Ahora el Ministerio Público deberá cumplir con el procedimiento apropiado que le corresponde a la investigación, pues al tratarse de una fiscal, las indagaciones preliminares deben remitirse al Fiscal de Nación, quien decidirá el ejercicio de la acción penal contra la aludida fiscal y disponer la formalización de la investigación preparatoria.