Funcionarios de Diresa Piura no cobraron penalidad a empresas que entregaron ambulancias dos meses después

La Contraloría General, a través del Órgano de Control Institucional de la Dirección Regional de Salud (Diresa) de Piura, identificó responsabilidad penal y administrativa en tres funcionarios de esta entidad por no aplicar una penalidad a contratistas, debido a un retraso en la entrega de ambulancias tipo urbanas y rurales para establecimientos de salud. Esta situación ocasionó un perjuicio económico de más de S/ 82 mil.

Como parte de las intervenciones del Megaoperativo de Control en la región Piura, se emitió y publicó el Informe N° 007-2021-2-4529-SCE, el mismo que fue comunicado al director regional de Salud, José Nizama Elías, para que evalúe las recomendaciones formuladas, como disponer el deslinde de responsabilidad administrativa de los funcionarios. También se puso de conocimiento al procurador público especializado en delitos de corrupción para el inicio de acciones penales contra las personas involucradas.

Estos son: Alixs Arnulfo Saona Rodríguez, director ejecutivo de la Oficina de Administración de la Diresa Piura; Marcial Karl Harold Guerrero Zárate, jefe de la Unidad de Logística de la Oficina de Administración de la Diresa Piura, y Helber Lara Camacho, jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Diresa Piura.

Los hechos

De la revisión efectuada a dos procedimientos de selección, uno para la adquisición de dos ambulancias urbanas tipo I para los establecimientos de salud de La Unión y San Pedro por S/ 558 mil y otro para la compra de cinco vehículos tipo I, II, III, ambulancias rurales tipo I para el Sistema de Atención Móvil de Emergencias (SAMU) y establecimientos de la Diresa por S/ 2 millones 135 mil, se determinó que los bienes no fueron entregados oportunamente en las fechas establecidas en los respectivos contratos suscritos. Ello debía generar la aplicación y cobro de penalidades a los contratistas, sin embargo, esto no ocurrió.

Estos hechos sucedieron por el accionar consciente y voluntario de los funcionarios y servidores de la entidad, quienes otorgaron ampliaciones de plazo y conformidad a los contratistas, a pesar de que no correspondían tales ampliaciones. Esto permitió que los vehículos sean entregados fuera del plazo contractual (20 y 60 días calendarios, según el procedimiento de selección) y generó un perjuicio de S/ 82 mil 487 debido a la inaplicación de la penalidad por mora en la ejecución contractual.

En el caso de las dos primeras ambulancias fueron entregadas el 20 de julio de 2020, es decir dieciocho días después del plazo contractual. La entidad pagó el monto acordado y no aplicó la penalidad correspondiente.

Respecto al segundo procedimiento que se dividió en una compra de S/ 379 mil y otra de S/ 1 millón 756 mil la entrega de los vehículos ocurrió tres días después del plazo. Incluso, al contratista se le dio 10 días calendario para que cambie tres de las unidades porque su año de fabricación era del 2019 y no del 2020 conforme a su propuesta. También la Diresa cumplió con el pago correspondiente y tampoco se aplicó la penalidad por retraso injustificado.

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