¿Es legal que la Municipalidad de Piura mantenga cerradas las vías públicas en el mercado?

Foto: Noticias Piura 3.0

Mucha controversia ha generado el cierre de vías en el mercado de Piura. Unos están a favor, y otros, en contra. Para aclarar este tema, Cutivalú dialogó con el exdecano del Colegio de Abogados de Piura, Manuel Palacios Novoa.

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El letrado sostuvo que, si bien la Municipalidad de Piura está facultada por la Ley Orgánica de Municipalidades y la Constitución Política del Perú para cerrar determinadas vías, esta medida no debe extenderse por mucho tiempo.

Palacios Novoa dijo que de lo contrario la misma municipalidad estaría violando el derecho al libre tránsito de las personas, el cual también está amparado en la Constitución.

Cabe indicar que la liberación de las vías del complejo de mercados de Piura se desarrolló la madrugada del jueves 20 junio. Desde ese día las avenidas Blas de Atienza y Mártires de Uchuraccay, así como los demás accesos al complejo de mercados permanecen restringidos a la circulación de vehículos.

Palacios recalcó que el alcalde debe informar a la ciudadanía sobre las razones por las que continúa restringiendo el tránsito en la zona. “La restricción del tránsito está permitido, pero de manera provisional. Hasta la fecha no sabemos la justificación para que el tránsito siga restringido”, dijo.

El abogado insistió en que las autoridades municipales deben hacer una ponderación de estos derechos fundamentales para que las personas no se vean afectadas. Además, “es necesario buscar otras estrategias para evitar que los comerciantes ambulantes retornen a las calles”, opinó.

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COBRO POR ESTACIONAMIENTO

Respecto al cobro por parqueo en las vías del Complejo de mercado de Piura, el exdecano sostuvo que la Constitución política del Perú establece claramente en el artículo 96 numeral 3 que toda contribución o derechos municipales creados por ley a las municipalidades debe estar reglamentado bajo una norma, en este caso bajo una ordenanza municipal.

Si no lo hacen sería ilegal. Al significar este pago un derecho por usar un bien municipal, debería ser creado por una ordenanza. No sabemos si esta herramienta legal que autoriza dicho cobro”, manifestó.

1 COMENTARIO

  1. La municipalidad de piura debe emitir la ordenanza corresponden caso contrario estaría cometiendo un abuso de autoridad, solamente emitió una resolucion de alcaldia con fecha 18 de junio donde indicaba la desocupación de las vías públicas, pero no manifestaba que iban a cerrar las avenidas, jirones, ni calles del complejo de mercados de Piura y lo sigue manteniendo sin el asidero legal in

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