«El congresista Víctor Grandez no podría ser acusado de trata de personas pero sí por favorecimiento a la explotación Sexual Infantil», explicó el abogado Kike Rodríguez.

El delito de favorecimiento a la explotación sexual está contemplado en el artículo 179 del código penal. Las penas son de 4 a 6 años si las víctimas son mayores de edad, y de 5 a 12 años si las víctimas son menores de edad.

Kike Rodríguez, especialista en derechos humanos, indicó que la situación del parlamentario fujimorista Víctor Grández se agravaría si se comprueba que abusó de la función pública para favorecer a los implicados en este delito.

Paro afrontar los juicios penales se debe quitar la inmunidad parlamentaria a Víctor Raúl Grandez Saldaña. Para ello se necesitan 66 votos.

Kike Rodríguez, lamentó que en nuestro país exista mucha tolerancia sobre delitos de trata de personas y explotación sexual infantil pese a que se cometen a plena luz del día.

Dijo que no existe compromiso por parte de las autoridades para investigar estos hechos, por lo que se requieren de fiscales, jueces y policías especializados que realicen un tratamiento adecuado para estos delitos.