
El juez supremo penal Manuel Luján Túpez, informó que el delito de colusión es la infracción penal más atribuida a funcionarios públicos, incluidos expresidentes de la República, ministros y congresistas, representando el 25 % del total de conductas ilícitas denunciadas por la fiscalía. Posteriormente, le siguen los delitos de peculado (19 %), cohecho (18 %), negociación incompatible (13 %), tráfico de influencias (6 %) y otros.
“El delito de colusión supone el encuentro o concierto de voluntades entre el funcionario público, y a veces privados, o entre los mismos integrantes de la administración pública, con la finalidad de obtener un provecho propio o para un tercero, concertar para defraudar al Estado”, explicó el magistrado
Delitos
Por otro lado, precisó que el delito de peculado es el equivalente al robo o hurto en el ámbito privado, pero en este caso, el agraviado es el Estado y se refiere a la apropiación indebida de dinero, caudales o efectos que pertenecen al Estado.
El delito de cohecho, por su parte, implica una relación entre dos personas, donde una ofrece un beneficio, promesa o dinero a un funcionario público para que este realice o deje de hacer algo que le corresponde. Comúnmente, el cohecho se conoce como «coima» o soborno.
El juez supremo penal informó que los delitos contra la administración pública pueden ser cometidos por una amplia gama de funcionarios públicos, desde aquellos que manejan dinero como ministros y alcaldes, hasta aquellos vinculados a infracciones de deberes, que podrían incluso involucrar a los más altos dignatarios, como presidentes de la República y congresistas, así como a regidores, profesores, policías, entre otros que ejercen funciones o servicios públicos.
Cárcel de 15 años
Luján Túpez detalló que los delitos contra la administración pública, como el peculado y la colusión, pueden acarrear penas de hasta 15 años de cárcel. Además precisó que los delitos agravados tienen penas más severas, mientras que aquellos que perjudican al Estado tienen condenas más altas.
Asimismo, los delitos de corrupción no otorgan beneficios penitenciarios, lo que significa que los condenados deben cumplir la totalidad de su pena. Se destaca que Perú ha procesado y sentenciado a expresidentes por corrupción, lo que refuerza la confianza en el sistema de justicia del país.
“En el caso de la colusión, si no se llega a perjudicar al Estado, si solo se quedó en el arreglo, pero no llegó a perjudicar al Estado, el delito se sanciona con una pena de tres a seis años, pero si llegó a perjudicarse al Estado, si se concretó el pacto ilícito la pena va de seis a 15 años”, explicó.
Con información de la República