Congreso: plantean nuevo retiro de AFP y ampliar hasta el 2025 libre disponibilidad de CTS

La bancada Acción Popular presentó un proyecto de ley que propone un nuevo retiro extraordinario de los fondos privados de pensiones, así como la disponibilidad temporal de los depósitos de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), en el contexto de la emergencia social económica del país.

La iniciativa legislativa busca autorizar a los afiliados a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), de manera extraordinaria y facultativa, a que puedan retirar hasta 4 UIT o S/19.800 de los fondos acumulados en sus cuentas individuales de capitalización.

Del mismo modo, plantea que los trabajadores puedan, por única vez y hasta el 31 de diciembre del 2025, disponer libremente del 100% de sus depósitos por concepto de CTS efectuados en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha de disposición.

Asimismo, se señala que los fondos retirados mantienen la condición de intangibles, no pudiendo ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención, o de cualquier forma de afectación, sea por orden judicial o administrativa, sin distingo de la cuenta en la que hayan sido depositados.

Agrega sin embargo que ello no se aplica a las retenciones judiciales o convencionales derivadas de deudas alimentarias, hasta un máximo de 30% de lo retirado.

Retiro extraordinario de AFP

El proyecto de ley del congresista acciopopulista Luis Aragón señala también los pasos para el retiro extraordinario de los fondos.

En primer lugar, los afiliados deberán presentar por única vez su solicitud de forma remota, virtual o presencial, dentro de los 90 días calendario posteriores a la vigencia del reglamento de la norma.

Los desembolsos se harán cada 30 días calendario. Al igual que en los retiros anteriores, en el primero y el segundo se abonará hasta una UIT o S/ 4 950, mientras que el monto restante será entregado en el tercero.

Asimismo, en caso de que el afiliado ya no desee retirar sus fondos, podrá solicitarlo por única vez a la AFP 10 días calendario antes del desembolso.

Señala también que el Poder Ejecutivo y la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) determinará, mediante reglamento, el procedimiento operativo en un plazo que no excederá de los 15 días calendario desde su entrada en vigor.

En la exposición de motivos, el proyecto de ley señala que la iniciativa tiene como objetivo garantizar recursos económicos inmediatos a las familias del Perú ante el incremento de los precios de los productos de primera necesidad, la inflación y el impacto del Niño costero.