Congreso aprueba iniciativa legislativa para proyecto de Mercado en Sullana

Proyecto permitiría reubicar a más de 4 mil comerciantes ambulantes 

Dos pasos importantes se dieron este miércoles en el Congreso de la República en cuanto a la iniciativa que busca la trasferencia del cuartel Teniente Miguel Cortés para la construcción de un mercado municipal en Sullana que permita reubicar a más de 4 mil comerciantes informales.

La Comisión Permanente del Congreso de la República aprobó el dictamen del Proyecto de Ley 00704/2016-CR y luego–por acuerdo de portavoces- se exoneró de la segunda votación; es decir, el proyecto ya no pasará al pleno del Congreso, sino directamente a la Presidencia de la República para la autógrafa correspondiente u observación del Mandatario.

El alcalde Carlos Távara indicó que esta es una de las pocas iniciativas legislativas que surge desde un gobierno local, cuya gestión la empezó en el año 2015, pero durante el gobierno del presidente Ollanta Humala se entrampó. Tras el cambio de legislatura se retomó el proyecto de ley, y este 28 de febrero se logró la aprobación del Congreso y ahora pasará a manos del presidente Pedro Pablo Kuczynski para que promulgue la ley o la observe.

“Este es un paso muy importante que conseguimos para otro gran proyecto que necesita Sullana. Las gestiones las iniciamos conforme asumí la alcaldía, y con el apoyo de los comerciantes y congresistas hemos llegado a esta etapa, en la que solo falta la autógrafa del presidente de la República”, expresó el alcalde Carlos Távara.

El Área de Relatoría y Agenda del Congreso de la República confirmó que al haberse aprobado la iniciativa legislativa en la Comisión Permanente y a la vez exonerarse de segunda votación, el proyecto de ley no pasará al Pleno para su debate.

La autógrafa de la proposición de ley aprobada será enviada al Presidente de la República para su promulgación dentro del plazo de quince días útiles.

Si el Presidente de la República tiene observaciones que hacer sobre el todo o una parte de la proposición aprobada, las presenta al Congreso en el mencionado término de quince días útiles.

Si no tiene observaciones, el Presidente de la República promulga la ley, ordenando su publicación.

Si vencido el término de quince días, el Presidente de la República no promulga la proposición de ley enviada, la promulga el Presidente del Congreso.