Capacitan a profesionales de Salud y Centros Emergencia Mujer en protocolos de acción conjunta para frenar la violencia

Este martes 12 de octubre, se realizó el Segundo Taller con operadores sobre el Protocolo de actuación conjunta entre los Centros Emergencia Mujer y los establecimientos de salud para la atención de las víctimas de violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, en el marco de la Ley 30364. El objetivo del taller es establecer disposiciones para garantizar la atención articulada de los servicios que brindan las entidades públicas involucradas en el marco de sus competencias.

Más de 170 operadores de los establecimientos de salud y los Centros Emergencia Mujer de la región participaron de la jornada, que contó con la participación de la Lic. Mónica Lañas Quinde, abogada y coordinadora del CEM Santa Julia y del Obst. Pablo Zacarías García, coordinador de la Estrategia Sanitaria de Salud Sexual y Reproductiva de la DIRESA. Además, como moderadores, participaron el coordinador de la Instancia de Concertación Regional de Piura, Lic. José Luis Requena Paredes y la integrante de la instancia y especialista de Género de Cutivalú, Lic. Ortelia Valladolid Bran.

Actuación conjunta entre CEM Y EE.SS

Teniendo en cuenta que el Protocolo de Acción Conjunta busca articular a los operadores de la Ley 30364 para prevenir y erradicar la violencia, la Lic. Mónica Lañas explicó que el Ministerio de la Mujer es la institución encargada de liderar la articulación con otros ministerios. En este sentido, explicó que el trabajo coordinado con el Ministerio de Salud busca promover y fortalecer programas para la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de la salud. Asimismo, tiene la meta de garantizar atención de calidad a las víctimas de violencia, brindando atención física y mental gratuita para asegurar su salud integral.

Respecto a las consideraciones para la actuación conjunta entre CEM y establecimientos de salud, la abogada señaló que se deben destinar recursos humanos, logísticos y presupuestos suficientes, así como la provisión gratuita de los servicios de salud, la actuación conjunta entre el personal del CEM y EESS, la aplicación de intervenciones para el cuidado integral, infraestructura adecuada, acompañamiento legal, atención psicológica, registro de pruebas y certificados, gestión social y fortalecimiento familiar, provisión y abastecimiento oportuno de insumos.

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Comités Territoriales CEM y EE.SS

En cuanto a la articulación entre los Centros Emergencia Mujer y establecimientos de salud, el obstetra Pablo Zacarías indicó que los operadores vienen trabajando en comités, que son un espacio clave analizar y articular las intervenciones en casos complejos. En estos comités, se dialoga y revisa el índice de caos de violencia contra las mujeres y los integrantes de grupo familiar que han sido derivados. Además, se realiza un seguimiento efectivo del cumplimiento de las funciones de los CEM y EE.SS para la atención integral a las víctimas.

Según detalló, el objetivo de los comités es fortalecer el trabajo en equipo entre las entidades, creando una guía de intervención que establezca los lineamientos sobre cómo actuar ante casos de violencia según la Ley 30364. «La meta es mejorar el bienestar de las víctimas, a través del acceso a servicios integrales», concluyó Zacarías García.

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Retos para la erradicación de la violencia

La Lic. Ortelia Valladolid expuso los retos que tienen los operadores para la prevención, atención y erradicación de la violencia, entre los que destacó la capacitación y sensibilización al personal de los establecimientos de salud y de los Centros Emergencia Mujer. Asimismo, resaltó el abastecimiento de kits de emergencia para atender los casos de violencia sexual en centros de salud de acuerdo al nivel, la supervisión y monitoreo a los operadores por parte de la Unidad Territorial del MIMP y de la Diresa, la conformación de los comités multisectoriales con enfoque territorial, el acompañamiento de los casos de violencia desde el primer momento hasta la solución del caso y el cumplimiento de las medidas de protección para las víctimas.