Amplían Estado de Emergencia Nacional en Piura por desastre de gran magnitud

El Gobierno prorrogó por 45 días el Estado de Emergencia Nacional declarado en el departamento de Piura por desastre de gran magnitud a consecuencia de las lluvias intensas, precisa el Decreto Supremo N° 054-2017-PCM.

La norma, publicada hoy en el suplemento de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, indica que la prórroga del estado de emergencia nacional se contará a partir del lunes 29 de mayo.

En sus considerandos el D.S. N° 054-2017-PCM recuerda que el Estado de Emergencia Nacional se declaró en Piura para la ejecución de acciones y medidas de excepción inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitación que correspondan.

Afirma también que la prórroga de esta declaratoria se sustenta en el Informe Situacional elaborado por el Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) donde indica que “por la gran magnitud de los daños, se hace necesario continuar con la intervención técnica y operativa de respuesta y rehabilitación del Gobierno Nacional con los recursos nacionales disponibles, y de ser necesario con el apoyo de la ayuda internacional”.

El citado Informe afirma que la prórroga del Estado de Emergencia Nacional permitirá continuar con la ejecución de medidas y acciones complementarias y necesarias de respuesta y rehabilitación en los distritos y provincias del departamento de Piura, en salvaguarda de la vida e integridad de las personas y el patrimonio público y privado.

Entre las acciones a ejecutar, el D.S. refiere que el Gobierno Regional de Piura, así como los gobiernos locales involucrados, con la coordinación técnica y seguimiento del Indeci y la participación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Salud, del Ministerio de Educación, del Ministerio de Agricultura y Riego, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, del Ministerio de Energía y Minas, del Ministerio de Defensa, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, del Ministerio de la Producción, del Ministerio de Relaciones Exteriores, y demás instituciones públicas y privadas involucradas en cuanto les corresponda, y con el apoyo de la ayuda internacional de ser necesario; continuarán con la ejecución de las medidas y acciones de excepción inmediatas y necesarias destinadas a la respuesta y rehabilitación de las zonas afectadas en salvaguarda de la vida e integridad de las personas y el patrimonio público y privado, las que deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y evento.

Sobre el Financiamiento, la norma sostiene que la implementación de las acciones previstas en el presente decreto supremo, se financian con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente.

El D.S. N° 054-2017-PCM. lleva la firma del presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski; y es refrendado por el presidente del Consejo de Ministros, Fernando Zavala; y por los ministros de Transportes y Comunicaciones, de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Salud, Educación, Agricultura y Riego, de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, de Energía y Minas, Defensa, Interior, Trabajo y Promoción del Empleo, de la Producción y Relaciones Exteriores.

(Fuente: Andina)