Opinión: Ley 30364 para prevenir sancionar y erradicar la violencia

Belia Concha

Por: Belia Concha

La Ley 30364, ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, entró en vigencia el día 24 de Noviembre del 2015 y establece los mecanismos, medidas y políticas integrales de prevención, atención y protección de las víctimas, así como la reparación del daño causado. Asimismo dispone la persecución, sanción y reeducación de los agresores sentenciados.

Es importante mencionar que hay un Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, que tiene el fin de articular todas las acciones que desde el Estado se van a establecer e implementar en la prevención de la violencia contra la mujer. Esta articulación es de los diferentes actores y operadores entre los diferentes niveles del Estado. Estamos hablando de municipalidad distrital y provincial, del gobierno regional y del gobierno nacional.

En el marco de la pandemia, el 7 de abril de 2021, se publicó la Ley N° 31156 –que modifica el artículo 15 de la Ley N° 30364.  Lo más relevante de la presente modificatoria es que la denuncia por violencia contra la mujer podrá presentarse ya no solo por escrito o verbalmente, sino que ahora, también se podrá realizar a través de canales virtuales, correos electrónicos, aplicaciones de mensajería instantánea o cualquier otro medio tecnológico.

Asimismo, se agrega que para interponer una denuncia por estos hechos no se puede ni se debe exigir presentar resultados de exámenes físicos, psicológicos, pericias de cualquier naturaleza o mostrar huellas visibles de violencia. Si la víctima o denunciante cuenta con documentos que sirvan como medios probatorios, estos se reciben e incluyen en el informe de la Policía Nacional del Perú, del Ministerio Público o en el expediente del Poder Judicial.