Sentencia internacional frena reactivación del Lote 64 en territorios indígenas de la Amazonía peruana

Frenan Lote 64
Frenan Lote 64

Un tribunal internacional de Derechos de la Naturaleza sentenció que el Estado peruano no reactive el Lote 64, superpuesto a las naciones Achuar, Wampis y Chapra, ubicadas en Loreto. La decisión se conoció tras la audiencia realizada el 19 de agosto en Puyo, Ecuador, con la presencia de representantes indígenas ante jueces y expertos internacionales.

El Tribunal Internacional de Derechos de la Naturaleza, creado en 2014 por la Alianza Global por los Derechos de la Naturaleza, sesionó en el marco del XII Foro Social Panamazónico (FOSPA). Este encuentro reúne cada dos años a pueblos indígenas y afrodescendientes, comunidades locales, movimientos sociales y académicos de los nueve países de la cuenca amazónica. En esta edición, el tribunal analizó casos emblemáticos de Ecuador, Brasil, Colombia, Venezuela, Bolivia y Perú, todos relacionados con los impactos de la extracción de combustibles fósiles en la región.

En la audiencia se evaluaron seis casos de la región amazónica. El segundo de ellos fue el caso peruano, donde Olivia Bisa Tirko, presidenta del Gobierno Territorial Autónomo de la Nación Chapra, junto a Elmer Kumchim, presidente de la Federación de la Nacionalidad Achuar del Perú (FENAP), y Elio Sesen, abogado de la Nación Wampis, evidenciaron los letales efectos para los pueblos indígenas y para la naturaleza, de reactivarse la explotación petrolera en el Lote 64. Los líderes indígenas expusieron los impactos negativos que traería la reactivación del lote. Señalaron afectaciones a sus fuentes de agua, la vida silvestre y el buen vivir de las comunidades.

El Lote 64

El Lote 64 se localiza en el distrito de Morona, provincia de Datem del Marañón, región Loreto. Ocupa una extensión de 761.500 hectáreas. Se superpone al 100% del territorio de 22 comunidades tituladas de las naciones Wampis, Chapra y Achuar. Estas comunidades, desde hace 31 años expresan, de manera colectiva, su rechazo enfático a la actividad hidrocarburífera:

“Rechazamos, porque para nosotros es contaminación de la naturaleza. Perjudica la vida de la humanidad, trae muchas enfermedades, y contaminan nuestros ríos, bosques, a nuestras chacras, que son mercados, farmacia, la base de la subsistencia de nuestras comunidades”, declaró Elmer Kumchim, presidente de FENAP en el marco del tribunal por los derechos de la Naturaleza.

“Las sombras de los hidrocarburos”, una investigación sobre los efectos de la actividad hidrocarburífera entre 1997 y mayo de 2023, revela que en el Perú se produjeron 1.460 derrames y fugas de hidrocarburos. De esta cifra el 57% ocurrió en la Amazonía, sobre territorios indígenas. El 43% en la costa peruana, afectando a comunidades de pescadores. Estos datos arrojan hechos lamentables, pues evidencian el incremento al 353% del promedio anual de derrames entre 2021 y 2023, alcanzando 146 incidentes por año.

La región Loreto fue la más golpeada, con 707 derrames registrados en la Amazonía durante el periodo analizado. El Lote 64, además, forma parte de la ruta norte del petróleo, que incluye el oleoducto norperuano y dos refinerías operadas por Petroperú. Las tres naciones indígenas han sufrido derrames catastróficos en 2016, 2019, 2022 y 2024. Estas catástrofes se atribuyeron a fallas al interior del Lote 192, la corrosión en el Oleoducto Norperuano. SIn embargo, el más reciente, se atribuyó a un rompimiento del Ramal Norte del Oleoducto, por causa de un ejercicio de presurización que realizó Petroperu.

Sin consulta previa

La operación del Lote 64 ha estado marcada por irregularidades en la consulta previa a los pueblos afectados. Con el Convenio 169 de la OIT en 1995, el Estado peruano tiene la obligación de garantizar el consentimiento libre e informado de las comunidades indígenas antes de autorizar proyectos de alto impacto. Sin embargo, las organizaciones indígenas denunciaron que ninguno de los operadores del lote 64 cumplieron plenamente este requisito. Entre las empresa que no cumplieron están GEOPARK S.A.C. y la estatal Petroperú.

El estudio de impacto ambiental presentado por Geopark en 2018 recibió más de 100 observaciones, varias de ellas formuladas por la FENAP y la Nación Wampis. Entre las principales críticas figuran omisiones sobre pasivos ambientales no remediados. También se cuenta deficiencias en la gestión de residuos y falta de identificación de sitios culturales. Además, se produjo la exclusión de territorio Achuar del área de influencia directa del proyecto.

El retiro de Geopark en 2020 dejó a Petroperú como único operador. Actualmente, la estatal busca un socio comercial para continuar con la explotación. Durante este periodo, la ausencia de consulta y consentimiento, así como la promoción de organizaciones paralelas, generó divisiones en las comunidades. Pese a que difunden comunicados favorables a la actividad petrolera, las tres naciones se encargan de desmentirlos.

El impacto ambiental y social se ha agravado con la presencia de campamentos temporales repletos de residuos contaminados, abandonados en inmediaciones de las comunidades. Esto lo constató el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) en abril de 2023. Además, la búsqueda de un nuevo socio para el Lote 64 provocó invasiones de tierras para buscar simular propiedad agraria, deforestación y situaciones de violencia. Aquí se registró la agresión a un miembro de la Guardia del Bosque de la Nación Chapra, en abril de 2026.

Al respecto, Olivia Bisa Tirko expresó que “las naciones indígenas hacemos un llamado a dejar de confundir la necesidad de las sociedades de consumo que emplean combustibles fósiles. Es realmente indispensable y valioso para sustentar la vida, la existencia de la humanidad, de las comunidades y del planeta».

Por su parte, el abogado wampís, Elio Sesen, destacó la importancia de la sentencia. “El Tribunal ha reconocido que es imprescindible que se reconozca a la Amazonia como titular de derechos y zona libre de actividad de hidrocarburos. También ha exigido al Estado respetar el consentimiento previo, libre e informado”.

La Alianza Cuencas Sagradas Amazónicas valoró la decisión como un precedente fundamental para la protección de los territorios indígenas y la Amazonía. Guisela Loayza, asesora legal de la alianza, subrayó:

Esta sentencia ética internacional respalda la demanda histórica de las Naciones. Exige al Estado peruano dejar de ampliar las zonas para la extracción de hidrocarburos y avanzar para que el país deje de depender de los hidrocarburos fósiles. Para lograrlo, es un paso clave reconocer la Amazonia como titular de derechos y detener la reactivación del Lote 64”.

Así, el fallo del Tribunal Internacional de Derechos de la Naturaleza sienta un antecedente para la defensa de los derechos de los pueblos indígenas y de la Naturaleza en el contexto de políticas económicas extractivas con foco en la Amazonía peruana.