Ley de flagrancia no es aplicable a la pesca artesanal, señala viceministro

De acuerdo a la posición del Viceministerio de Pesquería, la Ley de la Flagrancia no es aplicable a las actividades de la pesca artesanal, por lo que ha habido una interpretación errada del DL N° 1194, generando malestar entre los pescadores.

Así lo dio a conocer el alcalde de Sechura, Armando Arévalo Zeta, tras reunirse el último martes, en la ciudad de Lima, con el viceministro Juan Carlos Requejo, dirigentes de las diferentes bases de la pesca artesanal tanto de Sechura, Paita y Talara, el congresista Leonidas Huayama, y la directora de Produce Piura, Indira Fabián.

Esta última, trató de justificar la interpretación errada de la referida ley, señalando que no era su criterio, responsabilizando al Ministerio Público.

Arévalo Zeta comentó que funcionarios de la cartera de Pesca, se mostraron sorprendidos por el criterio errado que le han dado a la Ley de Flagrancia, pues sólo en la zona de Piura se han generado este tipo de problemas, generando malestar en los pescadores.

Dijo que abogados del referido ministerio, explicaron que la Ley de Flagrancia es aplicable a los delitos graves, mayores, como es la pesca con explosivos que es una acción peligrosa, mas no se aplica a actividades que tengan que ver con las tallas de las especies, falta de formalización, pues éstas son acciones meramente administrativas.

El alcalde de Sechura anunció que el fin de semana arribará a Piura, una comisión de funcionarios del Viceministerio de Pesquería para reunirse con representantes del Ministerio Público, Capitanía, Policía Ecológica, para que expliquen cuál es el verdadero criterio de la norma.

Foto: MPS

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