En los procesos de selección para rehabilitar dos avenidas de Piura, el Gobierno Regional de Piura no exigió la declaración jurada que todo contratista debe presentar sobre sanciones que tuviera por faltar a la ley.
Se trata de la avenida Prolongación Miguel Grau (desde la Av. Guillermo Gulman hasta la Calle 8) por un valor referencial de 3 millones 377 mil soles y la Av. Don Bosco (desde la Av. Gulman hasta la Calle 02), por 4 millones 227 mil soles.
En el Informe N° 656-2017 de la Contraloría General de la República se señala que en la proforma de ambos contratos no está incluida la cláusula obligatoria de la declaración jurada, indicada en la Ley Nº 30556, la cual señala que el contratista, sus representantes legales, accionistas, gerentes y directores deben informar si tienen sentencias, sanciones administrativas o infracción a las normas sobre contrataciones públicas.
También debe declarar si tienen proceso penal o procedimiento administrativo sancionador en trámite. La falta de esta cláusula podría afectar la eficacia y eficiencia que debe regir en las contrataciones públicas.
Respecto al procedimiento de selección para la rehabilitación de la avenida Prolongación Miguel Grau, la empresa ganadora Yaksetig Guerrero S.A. Contratistas Generales presentó el mismo maestro de obra y algunos equipos idénticos a los ofertados en otros dos procedimientos, en los cuales la misma contratista ya había ganado la buena pro; lo cual genera el riesgo que no se dé abasto para cumplir las obligaciones del contrato.
El Comité de Selección, a cargo del proceso de la rehabilitación de la avenida Prolongación Miguel Grau, admitió la propuesta de un consorcio (agrupación empresarial), donde uno de sus integrantes se presentó en más de una oferta, lo cual podría afectar el principio de legalidad con el que se deben regir todas las actuaciones administrativas.
El procedimiento de selección para la rehabilitación de la avenida Don Bosco se convocó sin estar incluido en el Plan Anual de Contrataciones de la entidad, y el Comité de Selección que lo llevó a cabo no fue designado para dicho procedimiento de selección, generando una trasgresión a la norma que podría conllevar a su nulidad.
El Informe de Acción Simultánea N° 656-2017, que detalla los riesgos ya ha sido remitido oportunamente al titular del Gobierno Regional de Piura para que implemente las medidas preventivas pertinentes que mitiguen o superen los riesgos identificados. Los ciudadanos pueden acceder