Exigimos al Estado Peruano, responda por la Trata de Personas

Por: Ortelia Valladolid Bran, coordinadora del área de Incidencia y Desarrollo de Cutivalú

El año 2007, el Estado aprobó la Ley N° 28950, ley contra la trata de personas. De acuerdo al Observatorio Latinoamericano sobre Trata y Tráfico, con presencia en 15 países de América Latina y el Caribe a partir de  enero de 1999, el capítulo peruano de ObservaLatrata, expresa su preocupación por el crecimiento y la expansión de este delito, acrecentado por la pandemia del Covid-19, y renueva su compromiso en la lucha por la erradicación de esta forma de explotación humana. En ese sentido el año 2012, con Ley 29918 en el Perú se conmemora, el 23 de setiembre Día Nacional contra la Trata de Personas.

La trata de personas es un delito muy grave, considerado como la forma moderna de esclavitud que despoja a los seres humanos de sus derechos y les priva de su dignidad. La trata de personas es un problema mundial, al que ningún país es inmune. Conforme al Protocolo de Palermo, principal instrumento internacional para la lucha contra la trata de personas), la trata de personas se comete para las finalidades de explotación sexual, explotación laboral, trabajo forzoso, mendicidad, servidumbre y tráfico de órganos y tejidos humanos.

Es de destacar que la mendicidad forzada de niñas, niños, adolescentes y personas adulto-mayores; y el padrinazgo son fenómenos íntimamente ligados a la realidad de la sociedad peruana y piurana.

Por otro lado, las víctimas de trata de personas en la finalidad de explotación sexual siguen siendo las niñas, adolescentes y mujeres por lo que puede concluirse que, como fenómeno social delictual, la trata de personas conlleva un fuerte componente de género que muchas veces presenta una tolerancia social y normalización, considerando aún a las mujeres como objetos sexuales.

Sin duda la pandemia y postpandemia por la Covid 19 ha colocado a una gran cantidad de personas en situación de vulnerabilidad o empeorarla, las mafias de la trata de personas no se han detenido y siguen aprovechándose de esta situación, adaptando nuevos mecanismos de captación a través de las tecnologías de la información y comunicación (TIC).

Cabe mencionar que el año 2021 se aprobó la Política Nacional frente a la trata de personas y sus formas de explotación con Decreto Supremo N° 009-2021-IN, sin embargo, a la fecha según informe alternativo 2022 promovido por Chs, se cuenta con un mínimo presupuesto, es decir menos de 20 céntimos para la mitigación del delito, situación que nos pone en mayor riesgo de vulnerabilidad frente al delito, ya que cualquier persona puede ser víctima, más aún si existe un desconocimiento de este terrible delito.

De acuerdo a este informe alternativo 2022 y la realidad 2023, el Estado no cumplió durante los últimos seis años con lo dispuesto en la Ley N.º 29918, que obliga al Primer ministro y a los ministerios del Interior y el de Mujer y Poblaciones Vulnerables, a dar cuenta ante el congreso de las acciones que el Ejecutivo ha puesto en práctica para frenar el delito y apoyar a las víctimas, entre otras responsabilidades.

Hoy invito, una vez más, a las y los ciudadanos a unirse a esta lucha y además a exigir una respuesta más decidida y eficiente de nuestro estado peruano.