El asesor del Ministerio de Agricultura, Andrés Luna Vargas, dijo no estar de acuerdo con la ley que confisca territorios a las comunidades campesinas.

Dijo que esta ley la aprobó la Comisión Permanente del Congreso, por lo que no fue analizada de forma rigurosa por parte de las organizaciones involucradas en este tema.

Luna Vargas, refirió que esta ley vulnera las normas que protegen el territorio comunal como la Ley General de Comunidades Campesinas y el Convenio 169 de la OIT, donde se establecen derechos irrestrictos a las comunidades ancestrales.

Indicó que con la incautación de terrenos comunales por parte de la Superintendencia Nacional de Bienes, el Estado busca promover la inversión privada utilizando como argumento que muchas tierras de las comunidades campesinas no están inscritas en Registros Públicos.

Sin embargo, dijo que espera que la asamblea de comunidades campesinas del país se pronuncie sobre esta cuestionada norma para lograr su modificatoria, pues les confisca parte de su territorio comunal.

En Sechura se ha confiscado 14 hectáreas de territorio en Puerto Rico y mil 327 Ha de terreno en el estuario de Virrilá, lo cual ha generado el malestar de los comuneros y comuneras.

«CONFISCACIÓN ES UNA ARBITRARIEDAD»

El especialista en temas de formalización de la propiedad rural, Enrique García, opinó que el Estado comete una arbitrariedad al inscribir como suyos, terrenos cuyas áreas de influencia le pertenecen a una comunidad campesina.

Estas declaraciones las brindó en virtud a la confiscación de terrenos que ha realizado la Superintendencia de Bienes Nacionales en la comunidad campesina San Martín de Sechura.

García Barreto, señaló que el Estado solo confisca terrenos eriazos que no están inscritos en Registros Públicos, es decir que no tienen propietario y que no está inmerso en un proceso judicial.

Sin embargo, aclaró que si bien todo el territorio de una comunidad campesina no puede estar inscrita en Registros Públicos, eso no significa que no sea parte de su área de influencia, lo cual es el caso de la comunidad campesina de Sechura.

Por lo cual, dijo que puede presentar una acción de amparo para detener la confiscación de dichos terrenos, pues la constitución los respalda.