CIDH sancionó a Perú por dos casos de discriminación y violencia a personas LGTB+

Foto referencial

La comunidad LGBTI+ ha sido sistemáticamente discriminada y estigmatizada debido a su orientación sexual e identidad de género. Este contexto y la ausencia de un marco normativo concreto en su favor, han generado la afectación de sus derechos fundamentales a la vida, integridad, identidad, salud, trabajo, educación, entre otros.

Crissthian Olivera vs Perú

En abril del presente año se resolvió el caso de Crissthian Olivera contra el Perú, cuya sentencia emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) marcó un hecho histórico en el que se reconoció la violación del derecho a la igualdad ante la ley y a la protección judicial de Olivera, tras enfrentar un episodio de discriminación por orientación sexual. 

Olivera denunció discriminación mientras él y su pareja, ambos gays, demostraban afecto en un centro comercial. Esto ocurrió en el año 2004. Sin embargo, las autoridades de protección al consumidor, así como el Poder Judicial le negaron el acceso a la justicia alegando que no había suficientes pruebas. 

Al respecto, la Corte Interamericana resolvió hace poco que las exigencias respecto a las pruebas que se le exigieron a Olivera resultaron una denegación de su derecho al acceso a la justicia. Además, sostuvieron que el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), reforzó el discurso de que las muestras de afecto entre personas del mismo sexo es dañino a la niñez. 

Azul Rojas vs Perú

En el año 2020 también se emitió la sentencia por el caso de Azul Rojas Marín, una mujer trans que fue ultrajada sexualmente y torturada por dos efectivos policiales peruanos en 2008 y fue discriminada al momento de exigir justicia. 

En este caso, la Corte IDH declaró responsable al Estado del Perú por la violación de los derechos a la libertad personal, a la integridad personal, a la vida privada, a no ser sometida a tortura, a las garantías judiciales y a la protección judicial de Rojas Marín. Además, Perú también resultó responsable por la violación del derecho a la integridad personal de su madre, Juana Rosa Tanta Marín. Dicha sentencia es la primera que se emite por un caso de tortura contra una persona LGBT.

En este caso, las sanciones dadas incluyen continuar las investigaciones para que el Estado peruano sancione a los responsables de la totura cometida contra ella. Además reconocer su responsabilidad en un acto público y las disculpas respectivas, así como brindar apoyo médico, psicológico y psiquiátrico. así como el pago de las reparaciones por daños materiales e inmateriales.

Otras sanciones

En cuanto a medidas preventivas, exigen al Estado peruano implementar un plan de capacitación y sensibilización de agentes estatales sobre violencia contra personas LGBTI, recopilar estadística de violencia contra personas de comunidad y eliminar el indicador de “erradicación de homosexuales y travestis” de los Planes de Seguridad Ciudadana de las Regiones y Distritos del Perú. 

La Corte ordenó a Perú la presentación de una guía integral sobre los derechos de las personas LGBT para la provisión de servicios, y que además este se incorpore en la formación de autoridades administrativas y judiciales. También ordenó a Perú a implementar una política pública para monitorear el cumplimiento de los principios de igualdad y no discriminación por parte de las empresas.

Personal del servicio militar acuartelado recibirá sueldo mínimo como asignación mensual